Enmienda Solomon
La Enmienda Solomon de 1996 es el nombre común de la 10 U.S.C. § 983, una ley federal de los Estados Unidos que permite que el Secretario de Defensa niegue subvenciones federales (incluidas subvenciones de investigación) a las instituciones de educación superior si prohíben o impiden ROTC o reclutamiento militar en el campus o la divulgación de información de reclutamiento de los estudiantes inscritos.
Información de reclutamiento de los estudiantes
La Enmienda Solomon permite que las entidades del Departamento de Servicios Militares de Defensa obtengan cierta información sobre los estudiantes de tiempo completo, inscritos en el momento, con edades de 17 años en adelante, una vez por período. Un estudiante de tiempo completo es el que está inscrito en 12 o más créditos en un período.
La información se limita a:
- Nombre del estudiante
- Direcciones
- Números de teléfono
- Edad
- Nivel educativo
- Programa de grado en el que está inscrito en el momento
- Grados recibidos de los recién graduados
- Última institución educativa en la que estuvo inscrito
Excepciones a la solicitud
La Enmienda Solomon requiere que las instituciones educativas divulguen la información de reclutamiento que tienen de los estudiantes. Además, la Enmienda Solomon reconoce los derechos del estudiante según la FERPA de suspender la divulgación de información de directorio. Los estudiantes pueden solicitar que Cuesta retenga la información de directorio mediante el envío de un formulario de Cambio de información a un Centro de Registro, con una identificación con foto.
Procedimiento para divulgar información a reclutadores militares
1) Debe haber una carta de solicitud con el encabezado estándar de los Servicios Militares y citar la autoridad legal relevante según la Enmienda Solomon. Además, el alcance de la solicitud debe pedir específicamente la Información mencionada de reclutamiento del estudiante.
2) Los reclutadores militares pueden solicitar la información de reclutamiento de los estudiantes de tiempo completo una vez por período para los siguientes Servicios Militares, incluidos sus componentes de la Reserva o la Guardia Nacional:
- Ejército
- Armada
- Cuerpo de los Marines
- Fuerza Aérea
- Guardia costera
3) Debe hacerse una validación de la solicitud para garantizar que la solicitud la envíe alguien legalmente autorizado y aclarar el alcance de la solicitud, si es necesario. Tras la validación, se procesará una solicitud que inicia la tercera semana de un período, después del plazo para inscribirse en cursos de tiempo completo, cuando los estudiantes establecen la inscripción de tiempo completo en 12 o más créditos.
4) Enviar las solicitudes mediante
Correo postal de los EE. UU. a:
Servicios de Inscripción de Cuesta College
Att: Jeffery Alexander, Director Servicios de Inscripción y Extensión
PO Box 8106
San Luis Obispo CA 93403-8106
En persona Campus de San Luis Obispo:
Edificio 3100, Ventana 13 o 14
Por fax (805) 546-3975
Por correo electrónico como archivo adjunto en PDF